NACIONAL

Efecto del “Supremazo” por tabla de factores: ¿Se terminan las isapres?

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La semana recién pasada un nuevo fallo de la Corte Suprema propinó un duro golpe a las ISAPRES, fallo que sumado a aquél del mes de agosto pasado que  frenó el ajuste de los precios de los planes de salud, estableciendo que las aseguradoras sólo pueden aplicar alzas bajo ciertos y determinados criterios, constituye un segundo remezón en poco menos de tres meses al regular ahora la tabla de factores.

Según aseguran abogados expertos en el tema, la Corte Suprema pretende uniformar jurisprudencia y hacer frente a los miles de recursos que los afiliados están interponiendo contra de las ISAPRES las que no se supieron anticipar y ahora están pagando las consecuencias.  

Según pudo constatar el equipo legal de Tus Noticias, el fallo de los Ministros de la Corte Suprema Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus, con el voto en contra del Ministro Sergio Muñoz, definió cuatro cosas respecto de los recursos interpuestos en contra de, al menos, tres actores de la industria: Colmena, Banmédica y Vida Tres.

En primer lugar el fallo ordena a las aseguradoras privadas aplicar para todos sus afiliados la tabla de factores que definió la Superintendencia de Salud en diciembre del año 2019, debiendo devolverles lo que cobraron en exceso durante los últimos años. Es decir, se despeja favorablemente para las ISAPRES que ellas sí pueden aplicar la tabla de factores, pero no cualquier tabla, sino sólo la que definió la Superintendencia de Salud en diciembre de 2019. 

En segundo lugar, las ISAPRES sí pueden incorporar en el precio del plan de salud a las cargas de dichos afiliados, pero siempre y cuando se usen los mismos factores definidos en la tabla dicha de la Superintendencia de Salud, lo que da certezas a la industria, despejando definitivamente las dudas que existían al respecto.

En tercer lugar, lo que indicó la Corte Suprema es que las ISAPRES no pueden cobrar por los menores de dos años, punto este que si bien no es un triunfo para la industria, no parece complicarles en demasía.

En cuarto lugar, y donde sí la industria ve una derrota estrepitosa, la Suprema determinó que esta tabla de factores que sí podrán aplicar las ISAPRES, tendrán que hacerlo de forma obligatoria para la totalidad de la cartera de afiliados, y en el caso de que el precio del plan de algunos afiliados sea menor producto de este cambio, será la Superintendencia de Salud la que tendrá que ver cuáles son “las cantidades recibidas en exceso y cuyo cobro no esté prescrito serán restituidas como excedentes de cotizaciones”. Además, cuando hagan este cambio, las ISAPRES no podrán cobrar un precio más alto del que tenían los afiliados actualmente con la tabla antigua.

“Los recursos judiciales de miles de afiliados que pretendían dejar sin efecto la tabla de factores, lo que claramente representaba una amenaza mayor para la sostenibilidad económica del sector, terminaron validando dicha tabla, o por lo menos la del año 2019, pero generó un efecto económico de proporciones insospechadas y no anticipadas ni por la industria ni por el regulador y menos por el actual Gobierno”, asegura un abogado experto en temas de salud consultado por Tus Noticias. 

Según aseguran los expertos,  la tabla de factores es la herramienta con la que las ISAPRES fijan los precios de los planes de acuerdo a los factores de riesgo del afiliado, y con este fallo la Suprema declaró que las ISAPRES no pueden elaborar tablas de factores por sexo y edad por ser una práctica inconstitucional, ordenando que todos los contratos de salud que administren las aseguradoras se deben basar en la Tabla Única de Factores de la Superintendencia de Salud, publicada en diciembre del 2019, con lo que los planes de salud, sean cuales sean ellos, no podrán en adelante incorporar el factor de género ni el de edad, generando así equidad entre hombres y mujeres, y entre jóvenes y adultos mayores.

Y si bien el fallo establece que la Superintendencia de Salud tendrá un plazo de seis meses para determinar el modo en que se concretará esta adecuación de los precios de los planes, lo cierto es que, según expertos contactados por Tus Noticias, la industria no dispone de dicha holgura de tiempo para determinar su continuidad operacional, pues carece de los recursos para hacer las provisiones que le permitan cumplir con los compromisos económicos que el fallo les impone y, además, porque la Banca ya les estaría notificando la no renovación de sus garantías por transformarse en una industria inviable económicamente. 

“Efectivamente, las devoluciones de millonarios recursos a los afiliados, agravados por el efecto retroactivo que el fallo contempla, sólo con el tope de la prescripción (5 años), podrían significar más de U$1.000 en pérdidas para el sector, lo que los controladores y accionistas de las distintas entidades privadas de salud no estarían dispuestos a aceptar y, por tanto, estarían negando cualquier tipo de capitalización de sus respectivas compañías, motivados no sólo por los altos montos involucrados, sino porque ni siquiera ello daría certezas a una industria golpeada, permanentemente, por acciones judiciales de costos cada vez más elevados y una inacción de las autoridades políticas gubernamentales que ven, según se les ha hecho sentir, con beneplácito su colapso”, asegura el experto  

El problema de todo lo anterior es que tal colapso de las ISAPRES tiene impactos, insospechados, en el sector público de salud, donde millones de personas deberían de ser traspasadas, perdiendo sus beneficios de salud, los pagos por años realizados al sistema privado, quedando en la incertidumbre respecto de los tratamientos en curso, y viéndose obligadas, en muchos casos, a migrar obligadamente a un sistema público que todos sabemos está ya totalmente colapsado, con listas de espera de años, una deuda hospitalaria inmanejable, una gestión manifiestamente deficitaria, un trato que dista mucho del adecuado para con los pacientes, paros y huelgas de por medio, y de un costo país aún no transparentado por el Ministro de Hacienda, toda vez que sólo el per cápita de dichos traspasos de millones de usuarios del sistema privado al sistema público podrían superar los U$400 millones dólares anuales.

Tus Noticias logró acreditar gracias a una fuente del círculo más cercano a la Ministra de Salud en el MINSAL, y quien no quiso revelar su identidad, que el Gobierno ha decidido no respaldar ninguna iniciativa legal que salve y de vida a la “competencia” a su modelo de un sistema único de salud pública, por lo que habría ya notificado a las ISAPRES que o resuelven ellas este problema, capitalizando los recursos necesarios para hacerle frente, o se preparan para respaldar el traspasado ordenado de millones de afiliados al sistema público de salud y, muy especialmente, a FONASA. Y el gobierno sabe que corre con ventaja al tener incisiva exclusiva de ley en estas materias, lo que está ya preocupando a muchos en el Congreso. Así, el BIGBAN de la salud privada parece acercarse a pasos agigantados, todo indica en un plazo mucho menor a los seis meses que la propia Corte dio de plazo a la Superintendencia de Salud, generando un término de año aún más complejo para millones de familias chilenas y un comienzo de 2023 más caliente que el verano que ya nos llegó.


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