El recurso fue presentado el pasado 2 de agosto y buscaba contraponer una norma del Código Procesal Penal.
Esta jornada se informó sobre la decisión del Tribunal Constitucional (TC) que declaró como inadmisible el recurso de nulidad que presentó la defensa de Martín Pradenas, la que fue acogida el pasado 2 de agosto y que buscaba ejecutar una acción de inaplicabilidad, en favor del acusado, para que se declarase contrario a la Constitución el artículo 387, inciso segundo del Código Procesal Penal, el que impide que la defensa interponga un recurso de nulidad en contra de la condena.
Desde la defensa de Pradenas dijeron que la norma “vulnera el debido proceso y el derecho a defensa, al impedir que un tribunal superior revise esa sentencia”.
Pese a la decisión del TC, el pasado 10 de agosto la Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de amparo que presentó la defensa del acusado, la que permitió que Pradenas permanezca en la cárcel de Nueva Imperial (Región de La Araucanía) y que no sea trasladado a Valdivia (Región de Los Ríos), hasta que no culminen los procesos de los recursos vigentes.
Condenado
Fue el 28 de julio de este año que el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco condenó a Martín Pradenas a 17 años de presidio efectivo por dos delitos de violación y cinco de abuso sexual, siendo acusado el día 7 de ese mes por los delitos que afectaron a seis mujeres entre 2010 y 2019.
Pese a la resolución, el magistrado resolvió en la audiencia que los años estuvo en prisión preventiva –que fueron 3– se abonarán a la sentencia, lo que significa que Martín Pradenas solo permanecería 14 años tras las rejas.
Condiciones
Junto con la sentencia, CNN Chile consignó que se le inhabilitó para optar a cargos y oficios públicos, lo mismo en sus derechos políticos y profesiones titulares, mientras dura la condena.
Asimismo, por 10 años tendrá prohibido visitar el domicilio, establecimiento educacional o lugar de trabajo de las víctimas, así como aproximarse a ellas en cualquier sitio en que se encuentren y se le inhabilitó de forma perpetua de optar a cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
Pradenas fue sentenciado por primera vez en diciembre de 2022 a 20 años de cárcel, sin embargo, se reportó que el juez Leonel Torres hizo comentarios en redes sociales sobre el juicio, lo que calificó como “falta de imparcialidad”, obligando a realizar un segundo proceso que lo condenó a los 17 años.
Por Sebastián Muñoz Soriano