OPINIÓN

El decreto 1515 y su impacto entre los agricultores del Maule

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El Decreto 1515, del 4 de agosto del año 2017, que impulsara el Ministro de Justicia de la época Jaime Campos, y que creó, separó, fusionó y numeró cargos de notarios, conservadores, archiveros y receptores judiciales en las distintas jurisdicciones de Corte de Apelaciones del país, dio mucho que hablar en esos años, generando, incluso, una comisión investigadora de la Cámara de Diputados que tuvo por objeto aclarar la forma y el modo en que se realizó la propuesta del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la creación, fusión y separación de notarías, archiveros judiciales y conservadores a lo largo del país; determinar si ese proceso se ajustaba a las necesidades existentes de acuerdo con los estándares de transparencia requeridos por el derecho, y proponer una nueva normativa verdaderamente moderna y eficiente.

Es natural estimados lectores que al término de los gobiernos se nombren varios notarios, y de seguro uno que otro cargo más del poder judicial, pero es absolutamente extraño que se creen de golpe, y por simple acto administrativo, cien (100) nuevos cargos de notarías, archiveros judiciales y conservadores de bienes raíces, concretamente un total de sesenta y dos notarios, cinco nuevos conservadores, veinte cargos mixtos y catorce que se dividirían en las comunas donde ya existían estos cargos.

Como se expresó en dicha comisión investigadora, y bien fundamentó el informe en derecho del profesor José Luis Cea sobre la materia, siempre existieron dudas acerca de las facultades que tenía el Ministro Campos para fusionar y separar ciertos cargos, las que, una vez concluida la investigación de la referida instancia y a raíz de distintas presentaciones hechas a la Contraloría General de la República, fueron clarificadas por el órgano contralor al manifestar éste que era ilegal la manera de proceder del referido funcionario.

Lo anterior llevó a que la Contraloría frenara dicho decreto, declarándolo ilegal por la fusión y separación de cargos, y ordenara al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que dicho decreto se subordinara al ordenamiento jurídico. No obstante ello, la Presidencia de la República, a través de un decreto convalidatorio, que no tuvo éxito, trató de ajustarlo, pronunciándose nuevamente la propia Contraloría señalando que “no corresponde a la propia Administración declarar la plena validez de sus actuaciones (…) sobre un acto exento.”, en este caso, de toma de razón.

Sin embargo, y a pesar de que el resultado fue claro: la fusión y separación de cargos y determinados nombramientos habían sido, literalmente, invalidados debido a la ilegalidad de las acciones señaladas, ahí está el Decreto 1515, ahí los diversos nombramientos por dicho decreto generados, y ahí un sin fin de consecuencias que siguen impactando de manera insospechada hasta el día de hoy, sin que nadie hubiera vuelto a reparar en lo acontecido, no obstante encontrarse el Congreso en medio de una reforma bastante radical al sistema notarial, conservatorio y archivístico del país que no considera la variante y hechos expresados y clara consecuencia del decreto de referencia.

Y como no se trata de cualquier tipo de consecuencias, señalo sólo la última de las que se ha tenido noticia: el impacto que va a generar en más de 150 mil agricultores y regantes del Maule la creación, por dicho Decreto 1515, de un nuevo Conservador con asiento en San Clemente, que tendrá a su cargo todos los registros que indica el artículo 446 del Código Orgánico de Tribunales, entre ellos el registro de propiedad de aguas, toda vez que de concretarse tal creación, obligará a miles de agricultores a reiniciar en el Conservador de San Clemente los diversos, costosos y complejos trámites legales de regularización e inscripción de sus derechos de agua que se encuentran en curso, y con acotados plazos legales, ante el Conservador de TALCA, por corresponder a este último la competencia sobre la comuna de San Clemente hasta la creación del nuevo Conservador en esta última comuna.

El impacto del Decreto 1515 en el Maule es evidente, situación que no escapa a otras jurisdicciones del país como las del entorno del Conservador de Rancagua, por ejemplo, donde se han creado y nombrado ya los Conservadores de Doñihue y de Graneros y donde los temas de aguas y su regularización están, también, presentes por haberlo dispuesto así la ley N° 21.435 que el año 2022, después de más de una década de tramitación en el Congreso, reformó el Código de Agua y obligó a tales regularizaciones a miles de agricultores y regantes del país.

Esperemos que nuestros legisladores en conjunto con el poder ejecutivo, muy especialmente los Ministros de Justicia y Agricultura, comprendan que nuestros surcadores de la tierra y productores de nuestros alimentos tienen ya suficientes desafíos y contratiempos con el clima, la dureza del trabajo en el campo y el alza constante de sus productos e insumos esenciales, como para encontrar en la ley un obstáculo del hombre que nunca ha debido de presentarse para la regularización e inscripción de sus derechos de aprovechamiento de agua.

La solución es simple y ha sido ya planteada por los propios agricultores del Maule, quienes no piden eludir ni dejar de cumplir las obligaciones que la Ley N° 21.435 les impone en breve tiempo, tanto que el plazo original para regularizar e inscribir sus derechos de aprovechamiento de agua ya ha sido extendido por el propio gobierno mediante otra ley, la N° 21.586 de julio del año 2023.

En efecto, los agricultores sólo piden poder terminar los costosos y complejos trámites legales ya iniciados en el Conservador de TALCA ante el mismo Conservador sin tener que cambiar a uno nuevo y tener que reiniciar desde cero ante este último, ello dadas las complejidades jurídicas que la regularización conlleva, los aún acotados plazos que se les imponen y las consecuencias e impactos colaterales que para sus predios lo anterior genera.

Y evidentemente nuestros agricultores deben estar conscientes, también, que para que la solución anterior prospere se deben dejar de lado las ambiciones por nuevos puestos y nombramientos, pues por mal que les empezca a algunos los agricultores y regantes, y sus aguas y tierras, incluso su cultura y modo de vida, son anteriores a cargos, nombramientos y jurisdicciones conservatorias y, por cierto, al ya famoso Decreto 1515; y quien se confunda en ello nada aporta a su solución.

De seguro algún legislador tomará la iniciativa y aglutinará las voluntades; y de seguro los Ministros de Justicia y Derechos Humanos y el de Agricultura coordinarán esfuerzos y apoyarán en ello. Caso contrario, lamentablemente, nuevos problemas se vienen para nuestra agricultura y, muy especialmente, para nuestra mediana y pequeña agricultura para la que siempre es más difícil y gravoso el acceso a la buena asesoría legal y profesional necesaria e indispensable para enfrentar estas nuevas exigencias del Estado.

Editor General Tus Noticias


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