La resolución se da tras un largo proceso judicial y el recordado pago de una caución económica de $150 millones para evitar la prisión preventiva.
Este viernes, el Tribunal Oral en lo Penal de San Fernando condenó con seis años de cárcel a Eduardo Macaya Zetilli, padre del senador Javier Macaya (UDI), por los delitos de abuso sexual reiterado contra dos menores de edad.
La audiencia se realizó vía telemática y breve, destacó Biobío, debido a que el pasado 10 de julio se realizó la lectura de condena y se desestimó la solicitud de la defensa para que el acusado cumpliera sentencia en libertad.
En la oportunidad, la jueza Marisol López señaló en el tribunal que “Eduardo Juan Macaya Zentilli” es el autor “del cargo de autor de dos delitos consumados de abuso sexual de una persona menor de 14 años (…) cometidos en contra de una de las víctimas en fecha indeterminada, pero en un mismo día, cuando tenía 8 o 9 años”, consigna Emol.
“Responsabilidad en calidad de autor ejecutor de dos delitos consumados de abuso sexual de una persona menor de 14 años (…) cometido, el primero de ellos, entre los meses de abril y mayo del año 2022”, agregó.
Desde la Fiscalía Regional de O’higgins, el fiscal Carlos Fuentes, manifestó que “hemos conseguido que se decrete la prisión preventiva en contra del imputado por los argumentos que hemos esgrimido y además hemos solicitado y fue decretada una orden de detención para asegurar la ejecución de esa prisión preventiva
Pese a la condena, Macaya Zentilli aseguró anteriormente su inocencia y advierte que la investigación se realizó de forma imparcial por ser padre del senador de derecha.
En ese aspecto, el parlamentario Javier Macacaya explicó que “es una situación familiar dolorosa” y que “las personas son individuos separados”, apuntó.
Cabe destacar que la Fiscalía pedía 12 años de prisión contra el empresario de 72 años, tras estar un mes con arresto domiciliario el año pasado y el posterior pago de $150 millones de fianza que logró revertir la prisión preventiva con arresto domiciliario, arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctimas.