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Todo sobre el Bono Alivio Pymes

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Ya comenzó el pago del Bono Alivio Pymes, de manera anticipada, para las micros y pequeñas empresas que postularon desde el pasado 2 de julio en adelante. Las postulaciones, se realizan a través del Servicio de Impuestos Internos (SII) y se deben cumplir una serie de requisitos para su adjudicación. 

En concreto, el Bono Alivio Pymes y feriantes se refiere al pago de $1.000.000 a empresas que se hayan visto afectadas por la pandemia y que requieran de asistencia monetaria para pagar IVA, cotizaciones previsionales o invertir en capital. Son casi 60 rubros los que podrán solicitar este aporte, que se mantendrá disponible para postular hasta el 2 de agosto próximo.

Para postular deberás ingresar al portal del Servicio de Impuestos Internos (SII) y pulsar sobre la opción “beneficios Mypes”. Luego, dirígete a “Solicitar y Consultar Bono Alivio Mypes” y autentícate con Clave Única o Tributaria. Una vez que hayas ingresado la información, se te indicará si eres beneficiario del aporte. 

Los requisitos para postular al bono alivio Pymes, por parte de personas naturales o jurídicas, son haber iniciado actividades antes del 31 de marzo de 2020 y que no superen las 25 mil UF en ventas anuales (cerca de $750 millones).

Estas deberán contar con al menos un trabajador contratado durante 2020, o haber declarado ingresos o ventas en al menos dos meses en 2020 y 2021. Sin embargo, existen excepciones para los rubros más golpeados por la pandemia.

El Bono para Pymes se asignará sin los requisitos señalados a los rubros más afectados por la crisis económica derivada del COVID-19 y que corresponden a gastronomía, eventos, cultura, turismo, belleza y peluquería, gimnasios, transportes escolares y jardines infantiles, entre otros. 

El bono adicional variable corresponde a 3 veces del IVA promedio declarado en 2019, con un tope de $2 millones. Además se informa que el beneficio se solicita desde el 18 de agosto hasta el 18 de octubre. Los requisitos informados por el SII son los siguientes:

  • Haber iniciado actividades en primera categoría antes del 31 de marzo de 2020.
  • Tener ingresos anuales en 2020 menores a $726.758.250.
  • No pueden acceder las empresas que desempeñan actividades financieras o de seguros.
  • Cumplir con los requisitos para acogerse al Régimen ProPyme General o ProPyme Transparente.

Además se deben sumar una de las siguientes dos condiciones: 

  • Tener ingresos por ventas y servicios del giro en por lo menos dos meses de 2020 o 2021 (hasta el periodo tributario abril que se declara en mayo)
  • Tener por lo menos un trabajador contratado durante 2020.
  • Puedes conocer mayor información o postular pulsando en este enlace.

 

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